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El Recuadro   

 Antonio Burgos

ANTONIO BURGOS | EL RECUADRO


El Estatuto de Cádiz

Un ingenio de Extramuros, por los pasquines de Internet, distribuye algo que echábamos en falta, ya que aquí no debemos ser menos que nadie: el Estatuto de Cádiz. Tanta gracia y razón tiene este proyecto, que le empresto a su anónimo autor este espacio, para que lo conozca el personal y se eche a la calle, pidiendo a gritos su inmediata aprobación y envío a las Cortes (de mangas). Dice así el texto, del que ofrezco amplio resumen:

"Cádiz, ejerciendo el derecho que le reconoce la Constitución que ella misma parió en 1812, manifiesta su voluntad de constituirse en Reino Independiente de Andalucía, región autonómica cuya Junta ha estado dándole por saco hasta este momento.

Titulo Preliminar. Disposiciones Generales.
Artículo 1.- Cádiz, Tacita de Plata, Cuna de la Libertad, es un Imperio, o por lo menos lo vale.

Artículo 2. - El Reino de Cádiz está compuesto por los territorios históricos actuales, de Cortadura al Faro Las Puercas, más los que se reclaman por razones de residencia de los gaditanos sin dinero para vivir en Cai-Cai, y que son, apunta, nene: Puerto Real, La Isla y Chiclana. Y por razones carnavalísticas, también son de Cádiz esos pueblos de la Bahía y de la Sierra y hasta de otras provincias de donde vienen comparsas malas, malas y chirigotas todavía peores. Ah, y Valdepeñas, que aunque es de Ciudad Real, donde nos lo hemos bebido de entero y pleno ha sido aquí.

Artículo 3.- El escudo estará compuesto por lo que está compuesto y que Andalucía nos copió, "en Cádiz hay que mamar". Ya saben: Hércules con los dos leones donde El Quini mandaba a los otros coristas.

Artículo 4. - El Himno de Cádiz, a diferencia de su vecina Ex-Paña, tiene letra, y dice así: "Aaaaaaaaaquellos duros antiguos que tanto en Cai".

Artículo 5.- Por el c... te la hinco.

Artículo 6 .- Serán ciudadanos de Cádiz todos aquellos nacidos en Cai-Cai, en el Mora, en Residencia, en el Hospital de Puerto Real, en los territorios citados en el artículo 2, y en las posesiones de Ultramar, La Habana es Cai con más negritos, así como en los Ultramarinos de los chicucos. Los más jartibles serán considerados gaditas.

El Título Segundo no es menos intervencionista que el proyecto catalán. He aquí algunos de sus artículos:

"Artículo 1. La moneda del Imperio es el Leuro, divisible a su vez en 100 séntimos. El pelote queda fuera de circulación.
Artículo 2 .- La unidad de medida es la Mijita de Freidor.

Artículo 4. - El bastinazo es la medida de capacidad de asombro y de rechazo, al mismo tiempo.

Artículo 5 (sin premio, no me hinques nada).- El Reino de Cádiz protegerá especialmente La Caleta, que es plata quieta, que quedará blindada para evitar su trasvase a las coplas de otros carnavales.

Artículo 6 .- Como hay quien dice que Cádiz no tiene fiestas, la Semana Santa, el Carnaval, Los Juanillos, Tosantos y el Corpus serán siempre festivos, por cohone, y el Lunes de Carnaval, Fiesta Nacional Gadita.

Articulo 7.- Los colores oficiales de Cádiz son el morao del pendón y me han dicho que el amarillo.

Artículo 8.- La comida nacional es la caballa asá, pero fuera parte tenemos los chocos de trasmallo, el bacalati con tomati, la priñaca, la ensaladilla pá cogé esconchones, el menudo, el montadito de pringá, y el arroz, que acaba de salir. La bebida nacional es el tinto de verano.

Disposiciones adicionales.- Artículo Único.- El poder en el Reino de Cádiz emana del pueblo. Y como Cádiz tiene tantos pueblos que vienen a jalear al Real Madrid cuando juega con el Cádiz, así que tú me contarás si hay poder o no hay poder".
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